MEDICACION PARA TRATAR UNA JUSTICIA INFLAMADA: JUSTICITIS

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MEDICACION PARA TRATAR UNA JUSTICIA INFLAMADA: JUSTICITIS

Respeto a la justicia? - Blog CJ

por Ray Lorens

Definición RAE de «-itis» según el Diccionario de la lengua española: 1. suf. Significa ‘inflamación‘. El sufijo –itis inicialmente significaba “enfermedad que afecta a”, pero en la actualidad denota “inflamación” y de común inflamación es una alteración y fuente de enfermedad. Las terminaciones usadas en la terminología médica para designar ciertos tipos de enfermedades, generalmente no tienen nada que ver con su uso en griego y latín. En el mejor de los casos, pueden provenir de lo que fue el nombre de una enfermedad en griego o latín en la que la terminación es mal analizada por los médicos modernos como indicativa de la enfermedad y luego se regulariza a otros tallos para significar un tipo de enfermedad de ese tallo.

Es decir, la gran mayoría de estos términos son neologismos y no palabras o usos antiguos legítimos.

Sobre el sufijo en sí, este se deriva de -της / -τις, que sin duda se describen en las gramáticas quizás solo como sufijos para formar sustantivos; la gramática de Kühner menciona que estas palabras son a menudo adjetivos o al menos parecidas a adjetivos. Y luego, en algunos puntos, palabras como πολίτης / πολῖτις se reinterpretaron como si tuvieran un sufijo -ίτης / -ῖτις que podría adjuntarse a otras raíces para dar palabras como ὀπλίτης / ὀπλῖτις.

En cuanto al desarrollo a un sufijo que significa «inflamación», puede que este es un desarrollo posterior en otros idiomas debido a la reinterpretación del sufijo. Un ejemplo de esto es el sufijo -on que significa «partícula», derivado de electrón, etc., pero ahora se usa en palabras como gluon o anyon a partir de bases inglesas. Pero no sería exacto decirque estas palabras son todas formaciones modernas, aunque muchas lo son sin duda. La más antigua encontrada con certeza es πλευρῖτις en Aristófanes Eclesiazusas 417. Aristóteles tiene algunas, y el corpus hipocrático tiene muchas, y hay realmente muchas instancias en Galeno, pero eso puede deberse simplemente al tamaño de su corpus.

Sea cómo sea su origen etimológico, se puede establecer claramente un diagnóstico de inflamación generalizada en el sistema metabólico de la justicia española. Lo cual indica una enfermedad puede que relacionada con un «oma», -oma/-ome que explica su etimología del griego -ωμα, da una serie de ejemplos desde diploma hasta rizoma, y dice que su significado moderno se considera formación o crecimiento.

Algunas de sus manifestaciones son claras, en la sociedad que la padece,  como son el cambio notable de carácter que afecta a la convivencia armónica y fraterna entre los individuos de una misma nación o territorio pues los crispa y enfrenta, alteración emocional, sensación de desequilibrio entre el sistema derecho e izquierdo del aparato  motriz, que es el sistema que permite el movimiento y desplazamiento, en este caso del cuerpo social de la nación. Y otras serie de trastornos de no poca gravedad como son la disonancia cognitiva social motivada por el shock de estrés postraumático social, debido a una contradicción entre lo aprendido y asimilado como algo natural «la justicia es igual para todos» y la percepción de un 65% de españoles que según estudios publicados perciben una contradicción entre la teoría del Estado democrático moderno y el papel de la justicia asignado a él y la constatación en sus «Insulas de Reil» considerada el quinto lóbulo del cerebro humano que se divide en dos regiones principales (Ínsula posterior: Conectada con la información sensorial (tacto, dolor) y el control de los órganos internos y vísceras. Y la Ínsula anterior: Vinculada al sistema límbico, procesa nuestras emociones, la consciencia de uno mismo y la integración de experiencias. En la primera se observa el tacto, o mejor expresado la falta de tacto,  pues una parte muy importante de la población ha perdido la sensación de reconocimiento de tacto en su acercamiento o contacto con la justicia y , además, experimenta dolor , expresado en angustia existencial, por percibir «presuntamente» agravio comparativo comparado». En cuánto a la segunda, vinculada al sistema límbico, genera el shock ya que a consecuencia del trauma se impide que este procese las emociones e induzca a las «neuronas espejo»  de forma recurrente a hacer recordar de forma recurrent y a modo de bucle la repitición de imágns y acontecimientos qu han causado el daño, retraumatizando y aumentando la herida emocional en cada recuerdo, obligando a reconstruir la consciencia no ya del uno mismo sino de todo un conjunto poblacionaln la que queda almacenada y compartida una integración de experiencias qu se traducen en: desprecio, maltrato y violación de derechos, como son al honor, a la privacidad y a la privación de inocencia. Todo ello pudeira ser definido en un corpus social como violación del alma. Y sin obviar, desde una perspectiva materialista, que lo que llamamos alma es el resultado de la actividad cerebral y las redes nuronales.

Quiero expresar que un cuadro así puede resultar altamente peligroso. Mantener la circulación normal en la parte derecha del cuerpo y pretender que esta misma no fluya a la izquierda, cerrando todo lo posible a modo de presión el pase normal de glóbulos sanguineos y, por lo tanto, creando de forma gradual una sensación de axfísia, que puede traducirse en sensaciones de acorralamiento y mensajes de alerta vital sobre los derechos puede dar lugar a un síndrome agudo y potencialmente mortal caracterizado por una hipoperfusión tisular (falta de riego sanguíneo y oxígeno a los órganos vitales), lo que provoca daño celular y disfunción orgánica. Y dada su potencial gravedad dispara las alarmas acerca del peligro de tener que certificar la muerte, por colapso de sus funciones vitales, de la Democracia.

En este punto es normal que los medios de comunicación, los contertulios informativos, la gente en la calle o en cualquier sitio ponga a la justicia en un tema central de su preocupación.

Lo que está ocurriendo en los tribunales está dividiendo peligrosamente a la sociedad, enfrentándola anímicamente en dos bandos. Todos hablan y conjturan a favor o en contra de la acción de los Tribunales. Pero más allá de las felicitaciones a los togados o las críticas a los jueces se impone la elaboración de un tratamiento y , si se quiere, a contrarreloj.

ERRORES DE SUS SEÑORÍAS QUE HAN DADO LUGAR A LA ARROGANCIA NARCISISTA

Es inadmisible que cuando llega el suplicatorio de un tribunal de justicia al Parlamento para que éste autorice el procesamiento de un Diputado la mesa, los grupos lo aprueben.

Eso es irresponsabilidad pura pues abre la puerta a la injerencia del poder judicial de forma gravísima en el poder legislativo.

Porque la perdida de un diputado puede poner en peligro la el equilibrio de mayorías entorpeciendo la posibilidad de aprobar propuestas y proyectos de leyes.

Porque permitir que un diputado pierda su inmunidad por sus declaraciones según las haga dentro del hemiciclo o fuera, pretendiendo sentar la base de que un diputado es diputado sólo cuando está dentro del Congreso, es una invención que no está escrita en ningún sitio y lo que no está escrito en derecho no existe.

Sencillamente, si el poder judicial quiere enjuiciar a un diputado, a un cargo electo, que espere a que termine su mandato para hacerlo.

El poder emana del pueblo ante la expresividad manifiesta que reflejan las urnas y nunca de los jueces.

Y jamás, jamás debe de ser permitido que un acusado deba de demostrar su inocencia pues, muy por el contrario, es la acusación quién debe de presentar las pruebas que dan peso procesal a su acusación y no bastan recortes de artículos de según que intencionada prensa para abrir un procedimiento y destrozar la vida y las reputaciones de las personas.

Este es un mal tan extendido que ha habido grupos parlamentarios que han manifestado públicamente de sus propios compañeros del hemiciclo la condición de culpabilidad sin ni siquiera haber empezado un juicio, sólo por haber sido imputados. Y en esto, el poco nivel parlamentario se ha retratado sólo, quizá por desconocer lo que hay en juego: la separación de poderes, si. Pero primando siempre el blindaje del poder legislativo y ejecutivo.

Cometidos esos errores, por sus señorías, asistimos a escenarios dantescos. Una justicia que se ha plantado en algún momento llevar a Europa una ley para pedir del Tribunal Europeo de Justicia que la pare cuando no tiene competencias para ello, pues no resulta de su naturaleza hacer política (con la excusa de que dos Comunidades Autonómicas lo solicitan). Y menos mal que se han retractado porque no hay camino. La justicia está por debajo del poder legislativo y ejecutivo y sólo debe de actuar en casos de delito probado, pero nunca utilizándola para en la práctica intervenir con un 155 al gobierno de la nación para que no gobierne y en la practica tenerlo secuestrado y bloqueado mientras algunos escalan el descrédito público interesado  con la admisión de casos en los que no se presentan pruebas.

Un choque de competencias que hubiera abierto espacios a otro proceso como son comisiones de estudio que deliberen sobre el conflicto competencial y si en último extremo la justicia hubiera persistido con llevar las leyes del gobierno a Europa para pararlas pude que hubieran terminado con ordenes de arresto del gobierno a las fuerzas de seguridad del Estado para detener a los jueces acusándoles del delito de sedición contra el Estado y el gobierno.

 

 TRATAMIENTO DE CHOQUE RECOMENDADO

  1. PONER A TRABAJAR A LA COMISIÓN PARLAMENTARIA DE JUSTICIA A INVESTIGAR LA BUENA PRÁXIS JUDICIAL
  2. Comisiones - Congreso de los Diputados

Es evidente, incluso para la prensa internacional, que el  buen «hacer» de la justicia en España está quedando en entredicho y bastante mal parada ante la opinión pública, como demuestra la portada del diario El País que en un estudio publicado informaba que el 65% de los españoles piensa que hay Lawfare.

Con este panorama sería conveniente e imprescindible aplicar un antibiótico para evitar más daño y reducir los posibles factores que están dañando al poder judicial.

La Comisión parlamentaria de justicia lleva una vida triste y pobre, sin hacer los deberes pero cobrando el sueldo ¿pero cómo se puede admitir con lo que está pasando que no esté actuando?

La dejación parlamentaria es alucinante e indefendible. ¡O indolentes  o desconcertados! Todos estos jueces deben ser llamados a rendir cuentas en Comisión parlamentaria y si se niegan , acusando al parlamento de injerencia, ningún parlamentario debería ir a los tribunales ,como imputado, por el mismo motivo aducido de la otra parte, en este caso para evitar la injerencia de los jueces en el poder legislativo.

La Mesa del Congreso, dos grupos parlamentarios o la quinta parte de los diputados pueden proponer al Pleno la creación de una Comisión de Investigación.

Están asombrosamente perdiendo el tiempo sus señorías de no elaborar un manifiesto cuya recogida de firmas vayan en la dirección de exigir que se convoque una Comisión de Investigación por parte de la Comisión de Justicia Parlamentaria para evaluar la situación y convocar tanto a los miembros del Tribunal Supremo como del Consejo del Poder Judicial y al resto de los jueces, para aclarar si hay o no «presunto» comportamiento contaminado. Incluido al expresidente del CGPJ, Sr. Ledesma y al expresidente Mariano Rajoy, así como a los fiscales que según ha sido posible constatar se reunieron con Alberto Feijoo  para ofrecérle apoyo político para que vuelva a gobernar el PP a cambio de tumbar determinadas leyes del gobierno, como ha revelado la noticia emitida y publicada por la cadena SER.

Recordando que » Todos los ciudadanos españoles y extranjeros que residan en España están obligados a comparecer ante una comisión de investigación si así se les solicita, de acuerdo con determinados procedimientos».

Lo que significa obligar a jueces y fiscales a sentarse en el Congreso obligados a contestar a todas las preguntas de los grupos parlamentarios ante las cámaras y medios de comunicación nacionales y extranjeros.

RECUPERAR EL CONTROL DEL RELATO

Un espejo al que mirar para aprender: la batalla por el relato en las aulas vascas [1]

Con esta medida quedaría asegurada la pluralidad del relato, un relato que nace de la noticia y la noticia es provocada por las acciones judiciales y las asociaciones que ejercen la acusación popular. Y es provocada por las filtraciones constantes de las causas que se abren, algo que resulta objetivamente ilegal pero que se produce como arma política para desgastar fuerzas políticas, personas o al gobierno.

DECLARACION DEL ESTADO DE ALARMA Y LLEVAR A CORTÉS EL BORRADOR DE UNA REFORMA INTEGRAL DE LA JUSTICIA

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma — FSIE Madrid

2. EN BASE A LAS DELIBERACIONES DE LA COMISIÓN PARLAMENTARIA DE JUSTICIA EL GOBIERNO, EN ESTA LEGISLATURA, SI LA COMISION CONSIDERARA GRAVEMENTE CONTAMINADO EL PODER JUDICIAL DEBERÍA ACTUAR EN CONSECUENCIA Y DECLARAR EL ESTADO DE ALARMA Y PROPONER AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS EL BORRADOR DE UNA LEY PARA LA REFORMA INTEGRAL DE LA JUSTICIA.

La reforma debería de ser integral. La composición del Tribunal Constitucional, del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Supremo, entre jueces conservadores y progresistas debería ser proporcional a los resultados emanados de las urnas en las elecciones legislativas y los magistrados y jueces propuestos presentados en Cortés y votados por los diputados en sesión parlamentaria.

El mandato de los órganos de la cúpula judicial sería por cuatro años, lo mismo que dura una legislatura.

Recuperar por ley que los jueces, igual que cualquier otro ciudadano, tienen responsabilidad civil. derogando la ley de Marano Rajoy que les blindaba a no tener responsabilidad civil alguna.

Cese por expediente disciplinario a todos aquellos jueces o fiscales que en hubieran retenido pruebas que aportar a causas judiciales, que hubieran socavado el trabajo de la defensa o la fiscalía, así como de todos aquellos que hubieran abierto causas venidas de las acusaciones particulares cuyas únicas pruebas consistieran exclusivamente en artículos de  pseudomedios y de bulos sin que se aportaran pruebas. También se aplicaría el cese inmediato de todo juez que la apertura de un caso de su tribunal de justicia se hubiera filtrado.

El caso contra el Fiscal General del Estado llevado por elTribunal Supremo, en el que fue declarado sin pruebas y sólo con el argumento de que sino filtró él fue alguien de su entorno al haber , en la práctica, condenado a alguien sin pruebas y con la totalidad de todos los testigos que declararon a favor del acusado que les llegó a ellos la filtración antes que al fiscal, ha mostrado a la sociedad una justicia que no cumple ni con sus propias normas, que no ha respetado el derecho garantísta y que ha exigido del acusado que demostrara su inocencia cuando la acusación no ha presentado ni una sola prueba. Un caso que obliga al gobierno y al parlamento a deliberar sobre la contaminación de la justicia y a proponer la disolución de este Tribunal Supremo y la inhabilitación y expulsión de todos los miembros que lo componen menos el de los dos votos que mostraron su oposición a la sentencia.

Igualmente votar la propuesta de apartar de la carrera judicial a aquellos jueces de los que hubiera prueba que hubieran tenido o tengan otras fuentes de ingresos o negocios al margen de la legislatura, de los que hubieran retenido o alargado los tiempos para iniciar juicios intentando evitar que saliera a la luz la corrupción de personajes políticos y sus partidos. O hubieran abierto procesos judiciales para perjudicar un partido político y a sus miembros o para favorecer a otros. Expulsión de los jueces que se han manifestado contra el gobierno haciendo algo totalmente prohibido por la ley: salir a la calle a manifestarse con sus togas.

Jueces, fiscales y otros profesionales de la Justicia se concentran contra la amnistía

foto: manifestación ilegal de los jueces y magistrados, pues está completamente prohibido por ley vestir las togas en la calle, fuera de los tribunales.

Expulsión de los fiscales y jueces, si se confirma la información dada por la periodista Angels Barceló, que participaron de una reunión con Alberto Feijoo para expresar su apoyo al PP a cambio de que cuando gobernaran tumbaran determinadas leyes.

 

De igual manera apartar de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a aquellos funcionarios que hubieran maniobrado contra un inocente.

3. CIERRE DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN QUE PROPAGUEN BULOS Y CREEN NOTICIAS FALSAS

Es ilegal difundir bulos en internet? - Sánchez Garrido Abogados y Asesores

Los ciudadanos tienen derecho a la información y derecho a que se les proteja de las campañas de desinformación y manipulación mediática.

4. ILEGALIZACIÓN DE LAS ASOCIACIONES ULTRAS QUE SE DEDICAN A INTERPONER DENUNCIAS FALSAS SIN PRUEBAS Y A PROPAGAR DELITOS DE ODIO

🗣️ "Es evidente que la acusación popular es una herramienta que utilizan las organizaciones ultras, muy bien financiadas, para perseguir a personas progresistas y a su entorno", 💢 Félix Bolaños ...

Muchas de estas denuncias provienen de asociaciones ,legalizadas en el Registro de Asociaciones, de ideología de extrema derecha que no paran de presentar denuncias falsas, carentes de pruebas y en base a artículos que son publicados en medios de comunicación de coincidente ideología. Este tipo de actividad vulnera la democracia, retuerce y manipula la ley a fin de sembrar descrédito en la ciudadanía contra personas o colectivos o partidos. El objeto para el que fueron legalizadas dista mucho de ser afín con sus comportamientos. Y tniendo en cuenta que vulneran el derecho al honor, a la privacidad y la reputacionalidad de las personas y que sus acciones crispan y dividen la sociedad deberían ser ilegalizadas por su reiterada actividad tóxica.

 

LAS CUATRO PATAS DEL LAWFARE

Pablo Iglesias en Rivas: “El lawfare se distingue por una voluntad prevaricadora de los jueces y por unos medios dispuestos a crear un escándalo con esa actuación” | Rivas Actual

Las patas que hacen posibles los Lawfare son: un apoyo civil, medios de comunicación afines fabricando la noticia o el bulo , policías corruptos y jueces y fiscales dispuestos a violar por dentro la ley prevaricando.

Por lo tanto la reforma debe de abordar las cuatro patas para ser realmente efectiva.

 

INCORPORACIÓN A LA LEY DE TRANSPARENCIA DEMOCRÁTICA, con carácter  de la obligación de todos los expresidentes del gobierno y jefes del Estado español de rendir ante una Comisión Parlamentaria de Investigación cuentas de sus fuentes de financiación o enriquecimiento desde que fueron titulares del cargo. No es admisible, pues carece de ética, que sólo se le investigue a uno poniendo el foco en unas joyas cuando al menos dos de los anteriores se han enriquecido cuando dejaron el cargo o durante el cargo. ¡Que se investigue a todos!

Aznarito y Felipón', la pareja que no para de opinar de todo: "¡Qué pena de país, con lo bonito que nos había quedado a nosotros!"

 

MOTIVOS PARA ABRIR UNA INVESTIGACIÓN A LA JUSTICIA

 

Treinta casos y acusaciones que resultaron falsas se abrieron contra el partido político PODEMOS, su resultado fue el daño moral y el descrédito público de sus dirigentes lo que ocasionó su hundimiento electoral.

Ocho años de acusaciones sin pruebas contra Podemos: ni facturas falsas ni financiación ilegal ni sobresueldos

Lo que hace muy presumible que este pasando ahora contra el PSOE.

Y, para ello, hay que investigar las relaciones y nexos de cada juez con el PP , con VOX y con la extrema derecha. Ya que las acciones en tribunales caen todas del mismo lado.

No se aplica los mismos tiempos en los casos judiciales, ni en los veredictos, ni en las condenas. Ni se da el mismo tratamiento informativo a los juicios contra políticos de izquierdas que a los graves juicios por delitos de corrupción en la derecha que quedan «extrañamente» invisibilizados.

El panoráma público creado llega al esperpento. Según no pocos expertos en materia judicial se retuercen las leyes, se las inventan o directamente las violan. La situación es tan grave que la investigación se hace necesaria.

 

El caso de los ERE, llevo al PP al gobierno de Andalucía por la campaña de difamación contra el PSOE y la izquierda  Tras más de una década de investigación, la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo condenaron a decenas de exaltos cargos del PSOE andaluz, incluyendo a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

El Constitucional acusa al Supremo de sentenciar los ERE sin argumentos y saltándose la separación de poderes

Los acusaron de ilegalidad en los ERES cuando fue una decisión unánime del Parlamento Andaluz que hasta el PP votó.

En junio y julio de 2024, el Tribunal Constitucional estimó los recursos de amparo presentados por los exmandatarios, anulando y mandando revisar a la baja las condenas por malversación y prevaricación al considerar que se vulneraron sus derechos fundamentales. Estas sentencias del Constitucional eximieron a los acusados. Sin embargo, el daño al adversario político estaba hecho y desde entonces en Andalucía gana el PP las elecciones.

El tribunal impide a David Sánchez volver a declarar y que su abogado le pregunte ahora sobre su supuesto enchufe

David Sánchez, hermano del presidente del gobierno es llevado a un juicio de lo penal cuando su caso pertenece claramente al contencioso administrativo, a pesar de todos los testigos a su favor y nulas pruebas, el juicio sigue adelante

Begoña Gómez devuelve el pasaporte mientras la Audiencia revisa el recurso sobre el juicio con jurado popular

Begoña Gómez, cónyuge del presidente del gobierno, acusada de violar la ley por cuatro supuestos hasta la UCO ha declarado que no hay delito económico, ni d enriquecimiento ilicito, se le hace ir a declarar cada quince días y se le retira el pasaporte para que no pueda escapar.Zapatero niega ser el facilitador del rescate de Plus Ultra: "No he tenido nunca relación de ningún tipo"

El caso Zapatero.- Una agencia de los EE.UU clona sin ordn judicial un télefono a un empresario, sin orden judicial, la envía a la UCO para que la investigue sin que nadie en España lo pidiera, lo que no es legal en España; pero la prueba se admite, sólo hay una frase, «lo sabe el pana Zapatero», suficiente para abrir investigación y redactar que el PSOE es una organización criminal, mandar un registro en las oficinas del expresidente y utilizar unas joyas para mantener abiertos los procedimientos.

La Abogada del Estado que defiende en el juicio al fiscal general, Consuelo Castro, ha cargado en la fase de cuestiones previas contra una de las diligencias clave del caso: los registros que la ...

Caso contra el Fiscal General del Estado, llevado a juicio acusado de una filtración sobre el caso de Amador González, una filtración que como qudó acreditada por los testigos de los medios de comunicación ya había sido filtrada antes de qu le llegara a su móvil al Fiscal fu declarado culpable, con el argumento: » SI NO HA SIDO ÉL HABRÁ SIDO ALGUIÉN DE SU ENTORNO».

Podemos seguir poniendo ejemplos.

LOS CASOS DEL PP ALARGADOS EN EL TIEMPO

Caso Gürtel:Arrancó en los años 90 con ramificaciones hasta 2009, y la fragmentación en numerosas piezas separadas (como la trama de Madrid y la financiación de sedes) ha provocado que décadas después aún se celebren juicios y recursos. Supuso la primera condena de un partido político en España, destapó una red de financiación ilegal vinculada a adjudicaciones públicas.

Caso Púnica: Comenzó a investigarse en 2014, destapando una red de corrupción y financiación ilegal. Más de una década después, la macrocausa continúa en fase de instrucción y enjuiciamiento de sus distintas piezas.contratos amañados y desvío de fondos en múltiples administraciones, especialmente en la Comunidad de Madrid. El Caso Lezo, repite el patrón con sobrecostes millonarios en la compra de empresas, pero esta vez en el extranjero.

el caso Kitchen, añade un elemento más: el uso de recursos del Ministerio del Interior para interferir en investigaciones judiciales. Más de 200 policías imputados y una red de cobros que apuntan a un tal M.Rajoy que según pruebas escritas y confesiones de inculpados señalan a Mariano Rajoy el exprsidente del gobierno.

Y, a todo ello, con el espectáculo tragicómico de jueces que interrumpen a los abogados defensores y desestiman sus preguntas a los acusados e investigados. Preocupación de Alto Voltaje.

Almudena Lastra, ex fiscal Superior de Madrid, señalada por las familias de los ancianos muertos en las residencias cuyas denuncias no tramitaba o lo hacía con defecto de forma para «presuntamente» evitar que se investigara la escandalosa cifra de 7,291 muertos por negación de auxilio, negación de asistencia médica y traslado al sistema de urgencias hospitalarias.

Los casos de denuncias contra el novio de Isabel Díaz Ayuso por las comisiones de mascarillas, haber defraudado a hacienda y enriquecimiento opaco en base a las contrataciones del gobierno de la Comunidad de Madrid a la empresa Quirón Salud en las que trabaja. Un dinero público, que por sentido común debería haberse invertido en mejorar el servicio sanitario público. Hoy en sa comunidad hay un millón de pacientes en colas de espera y en salud la espera mata.

Por lo tanto, síntomas de contaminación política en la justicia existen y deben de ser aclarados.

LOS JUECES ESOS HOMBRES- DIOS: exentos de responsabilidad civil

Los jueces dejarán de tener responsabilidad civil directa

La Ley Orgánica 7/2015, impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy (con Alberto Ruiz-Gallardón y Rafael Catalá al frente de Justicia), eliminó la responsabilidad civil directa de los jueces y magistrados por los errores cometidos en el ejercicio de su cargo.

A través de esta reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se estableció que: 
  • El Estado asume la responsabilidad: Los ciudadanos ya no pueden demandar civilmente de forma directa al juez. En su lugar, es el Estado el que responde patrimonialmente por los daños causados por error judicial o funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. 
  • No hay impunidad total: Aunque ya no responden con su patrimonio particular por errores civiles, los jueces siguen sujetos a responsabilidad penal (por delitos como prevaricación o cohecho) y a responsabilidad disciplinaria ante el Consejo General del Poder JudicialPero ¿de verdad un juez puede estar sujeto a responsabilidad penal?

    La Constitución de 1978 en el primer precepto legal de la Constitución dedicado al enfáticamente llamado poder judicial, el 117, dispone que la “Justicia se administra (…) por jueces y magistrados integrantes del poder judicial independientes, inamovibles, responsables y únicamente sometidos a la ley y al Derecho”.

    El principio de responsabilidad de los jueces y magistrados que proclama la Constitución fue liquidado por el PP, tanto con Mariano Rajoy al frente del Gobierno como con Carlos Lesmes en la presidencia del CGPJ, que ha llegado hasta fechas muy recientes. La vía fue que otra institución amiga, con presidente del PP, el Tribunal de Cuentas, criticase ese sistema de asunción de responsabilidad. Ello fue magníficamente aprovechado por el PP para suprimir la responsabilidad de los jueces y magistrados

    En una de esas reformas legislativas ómnibus (a lo bestia), mediante una Ley de 2015 que afectaba a más de cien artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, una de las medidas fue eliminar el precepto legal que declaraba la responsabilidad directa de los jueces y magistrados. Desde entonces, en caso de que alguno hubiese producido daños y perjuicios en el ejercicio de sus funciones, la responsabilidad pasaría al Estado, enfatizándose que “sin que en ningún caso puedan los perjudicados  dirigirse directamente contra aquellos”.

    Así pues, el PP promovió una reforma legal que desnaturalizaba absolutamente el mandato constitucional del artículo 117 que habla de “jueces. y magistrados responsables”. La justificación que se dio fue que eran “muy escasos los supuestos en que se exigía”. ¡Por supuesto que eran muy pocos los casos en que la acción de responsabilidad se promovía, y ninguna prosperaba!

     

    Hay que tapar toda negligencia. Son escasísimas, prácticamente inexistentes y además totalmente opacas, las exigencias de responsabilidad. Y eso que estamos hablando sólo sobre adecuación a unos plazos para tramitar y resolver y a una no excesiva acumulación de casos. Aparte, están los asuntos disciplinarios por manifestarse sobre asuntos ajenos a su responsabilidad, cosa que tienen vetada.  Aun así, hay togados varios que, de modo inadmisible –algunos de forma reiterada–, han proferido  descalificaciones políticas y personales contra líderes políticos, siempre desde una opción muy de derechas, pero nada les ha sucedido.

    Sobre la responsabilidad penal, también es escasa en la práctica. Basta con mencionar los casos de Gómez de Liaño (que procesó al todopoderoso Jesús Polanco, presidente entonces de Prisa, por lo que fue condenado, aunque luego el Tribunal de Derechos Humanos dijo que había tenido un juicio injusto) o el de Baltasar Garzón, al que se le ocurrió iniciar una instrucción por corrupción del PP (que resultaría después confirmada) y abrir la responsabilidad del general golpista Franco. En todo caso, ese juez tenía numerosos enemigos jueces, tanto en la derecha como en la izquierda, y fue una vendetta contra su estrellato. El asunto más grosero y contundente fue el del criminal Salvador Alba, que en Canarias, de la mano de un siniestro José Manuel Soria, altísimo dirigente del PP, confabuló de manera muy burda contra otra magistrada, Victoria Rosell, por la ocurrencia de ésta de presentarse a las elecciones generales por un partido no solo progresista sino también pretendidamente transformador.

    • la responsabilidad penal de Jueces y Magistrados, el delito por excelencia por el que estos suelen ser condenados, es el delito de prevaricación judicial, pero en el ámbito exclusivamente penal existen otros y hoy ha requerido nuestra atención a este respecto el delito contra la libertad individual de las personas, cometido por funcionario público,

      Sobre la Responsabilidad Penal

    • procesal by lucia nieto sanz on Prezi

    • Dispone textualmente el artículo 530 del Código Penal que:

      La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, acordare, practicare o prolongare cualquier privación de libertad de un detenido, preso o sentenciado, con violación de los plazos o demás garantías constitucionales o legales, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.” 

      Este artículo del Código Penal junto a los dos siguientes “tutelan las garantías constitucionales del art. 17 CE  en relación con una causa penal en la que, existiendo una causa legal para acordar una detención, prisión o incomunicación, se inobservan los pazos o garantías legalmente establecidos”

      Así pues, el PP promovió una reforma legal que desnaturalizaba absolutamente el mandato constitucional del artículo 117 que habla de “jueces. y magistrados responsables”. La justificación que se dio fue que eran “muy escasos los supuestos en que se exigía”. ¡Por supuesto que eran muy pocos los casos en que la acción de responsabilidad se promovía, y ninguna prosperaba

      El argumento de que esa vía “era escasamente utilizada en la práctica” fue la primera y principal justificación para su supresión. Los jueces, como todos, cometen errores y se equivocan al resolver. En algunos casos, puede repararse por otro tribunal por vía de recurso, pero hay veces en que los disparates son tantos y tan groseros, y se han manifestado en una actitud repetida de hostilidad hacia una parte, que debería exigirse la responsabilidad a ese juez o jueza concreta.

      Sin embargo, el corporativismo a gran escala –una de las lacras de esa profesión– haría siempre imposible que prosperasen acciones de este tipo. Sobre esta base, se suprimiría –y esto se enfatiza legalmente– la posibilidad de emprender acciones contra un juez en la que sería la Ley orgánica de 21 de julio de 2015. A partir de ahí los daños y perjuicios producidos por un juez darán lugar a que sea el Estado el que asuma no solo el pago, sino también la responsabilidad. Así, la Administración General del Estado se convierte en la aseguradora de la responsabilidad civil de los jueces y magistrados.

      En  los diarios de sesiones y boletines de las Cortes no se encuentra que ningún grupo parlamentario enmendara la ley del PP ni se refiriera en sus discursos a ella. Ciertamente, la defectuosa técnica de hacer una modificación de más de cien preceptos dispersos hace que algunas leyes pasen inadvertidas. De eso se trata, también.

      Con la importante modificación legal de hace nueve años, la responsabilidad civil directa de jueces , que se suprimió, pasó a ser sustituida por la impunidad de facto, y esto es muy grave. Pues errores o excesos judiciales probados no pagará el juez sino que los pagará el Estado con dinero de todos nosotros.

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